Punto de en encuentro familiar
Control judicial del régimen de visitas
El Tribunal Supremo (TS) ha dado la razón al padre en un aspecto concreto del régimen de visitas a sus tres hijos. No se puede dejar en manos del Punto de Encuentro Familiar la decisión de ampliar, reducir o suspender esos contactos. Sus profesionales pueden valorar cómo van las visitas y proponer cambios, pero la última palabra corresponde al juzgado.
El caso parte de un divorcio marcado por un episodio de violencia de género y una condena al padre. La guarda de los tres hijos quedó a cargo de la madre y se establecieron visitas con intervención del Punto de Encuentro Familiar. Sin embargo, la sentencia permitía que el propio centro concretara los días y las horas y decidiera sobre posibles ampliaciones, noches con el padre o suspensiones.
El padre recurrió porque quería un camino más claro hacia una relación normalizada con sus hijos y una posible custodia compartida. El fiscal también cuestionó que decisiones tan importantes quedaran en manos del centro. El TS coincide en este punto, los técnicos pueden ayudar al juzgado con sus informes, pero no sustituirlo a la hora de decidir cómo deben desarrollarse las visitas.
Los contactos estaban funcionando bien, los niños mostraban afecto hacia su padre y se relacionaban positivamente con él. La madre tampoco consideraba perjudicial ese contacto. Eso sí, el tribunal advierte al padre de que debe dejar de menospreciarla delante de los hijos, tanto por el daño a su dignidad como por el vínculo de seguridad y apego que representa para ellos
La decisión no concede la custodia compartida ni interrumpe las visitas actuales. Estas continúan mientras el juzgado escucha a las partes y decide, con la mayor rapidez posible, si las confirma. A partir de entonces, cualquier ampliación o retroceso deberá contar con aprobación judicial, las propuestas del Punto de Encuentro no podrán ponerse en práctica sin ese visto bueno. El resto de las medidas del divorcio se mantiene.
En situaciones de conflicto entre progenitores en el ejercicio de la patria potestad la custodia de hijos menores, en un contexto de violencia de género, nuestros profesionales sabrán proporcionarle adecuado asesoramiento y defensa de sus intereses y el de sus hijos.-
Medidas paterno filiales
Custodia y traslado unilateral a otra provincia decidido unilateralmente por el progenitor custodio
-
Modificación de medidas
Acreditación de modificación sustancial de las circunstancias para cambiar del régimen de custodia
-
Alimentos y gastos del menor
Confirmación de pensión de alimentos y reparto de gastos extraordinarios del menor
Esta página web utiliza cookies tanto propias como de terceros para analizar nuestros servicios y la navegación en nuestra página web con el fin de mejorar los contenidos de la misma (fines analíticos: medir visitas y fuentes de tráfico web). La base legal es el consentimiento del usuario, salvo en el caso de las cookies básicas, que son imprescindibles para navegar por esta web.